Guía de buenas prácticas ante noticias relacionadas con la adopción y el acogimiento de menores

Guía de buenas prácticas ante noticias relacionadas con la adopción y el acogimiento de menores.

La Asociación de Familias Solidarias para el Desarrollo , quiere manifestar su preocupación por el tratamiento, que en ocasiones reciben en los medios de comunicación social, noticias relacionadas de algún modo con la adopción de menores. En nuestra opinión este tratamiento puede llegar a producir un grave perjuicio, quizás no suficientemente valorado, no sólo a los protagonistas de la misma, sino también a la imagen social de la adopción.

Es por esto por lo que solicitamos a los medios de comunicación que valoren la asunción como propia de la siguiente “Guía de buenas prácticas ante noticias relacionadas con la adopción de menores”, sin ningún ánimo por nuestra parte de menoscabar la libertad de información amparada por nuestra Constitución.

Nuestro objetivo al hacerles llegar esta guía es únicamente el de fomentar una información precisa y sensible en relación a la adopción de menores.

Guía de buenas prácticas ante noticias relacionadas con la adopción y el acogimiento de menores.

1.- Garantizar en todo momento el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Asumir el carácter privado del hecho de haber sido adoptado, y por tanto, que la revelación del mismo podría llegar a considerarse una intromisión ilegítima en la intimidad de la persona menor afectada.

2.- Incluir referencias a la adopción sólo si son relevantes para la noticia. El hecho de haber sido adoptado/a no confiere un estatus distinto en el seno de una familia, ni es una característica que deba etiquetar a una persona de por vida.

3.- En la inmensa mayoría de los casos los motivos que guían a adoptantes es su deseo de ser padres y madres de modo que no deberían presentarse como personas más generosas o solidarias que otras. Se deberían evitar, cuando éstas se desconozcan, valoraciones acerca de las motivaciones para adoptar.

4.- Identificar claramente a qué medida de protección de menores se refiere la noticia, esto es, si se trata de una adopción o de un acogimiento en alguna de sus diversas opciones. Diferenciar, asimismo, lo que son medidas de protección de menores (adopción, acogimientos) de actuaciones que de ningún modo los son como la utilización de madres de alquiler (maternidad subrogada), etc.

5.- No presuponer que actitudes o conductas de las personas implicadas en la noticia, en especial las problemáticas, están vinculadas a la adopción.

6.- Evitar transmitir la sensación de que con cierta frecuencia las adopciones conllevan un procedimiento irregular o son ilegales. Aunque estos casos existen, son la excepción comparados con el número de procesos llevados a cabo con plenas garantías.

7.- Mostrar la especial sensibilidad, que el tratamiento de cualquier temática relacionada con la infancia merece, en la elección de los términos utilizados, evitando palabras como “abandonado/a”, “rechazado/a” o “no deseado/a” al referirse a menores adoptado/as o acogidos/as, y que además en muchos casos no responden a la realidad. Evitar expresiones como “no podían tener hijos/as propio/as” que sugieren un estatus diferente para menores con medidas de adopción y biológicos/as.

8.- Las familias que han adoptado o acogido a menores son simplemente sus “familias” (quienes desarrollan respecto de la persona menor las funciones parentales). El modo en que se estableció su filiación no debe remarcarse cuando no hace al caso de la noticia.  El hombre y la mujer que concibieron al niño/a pueden ser denominados como sus “padres o madres biológicas” o “familias genéticas”. Se deben evitar términos como “familias reales” o “familias naturales ”

9.- Intentar potenciar los aspectos positivos de la adopción y aprovechar las noticias referidas a la adopción o acogimiento para informar acerca de los procedimientos y recursos.

Además en AFASODE nos hacemos eco y nos adherimos al documento Medios de Comunicación y Adopción Este documento se elaboró por un grupo de trabajo en el que estuvo La Voz de las Personas Adoptadas y en el que participaron también la Asociación AFAC , la Asociación GERARD , el Institut Català de l´ Acolliment i l´Adopció ( ICAA ) , el Síndic de Greuges , el Colegio de Periodistas de Cataluña (CPC) y la profesora de Psicología de la Universidad de Barcelona ( UB ) Montserrat Freixa .

Este documento tiene las siguientes

Consideraciones

1 . Considerar en primer término el niño/niña. En toda decisión informativa , debe prevalecer el interés superior del niño o niña por encima de cualquier otro .

2 . No discriminar a los niños/as. De acuerdo con el artículo 2 de la Convención , 1 hay que evitar los testigo/as o las informaciones que discriminen a lo/as niños/as entre hijo/as biológico/as o adoptado/as en el seno de una familia , o que establezcan relaciones de causa efecto entre su comportamiento y el su vínculo de filiación .

3 . No frivolizar la adopción. Hay que hablar con respecto a la adopción teniendo en cuenta que el/la niño/a ha sufrido unas carencias y el abandono , la pérdida o la separación de la familia biológica , y que se ha visto inmerso en un proceso complejo y no deseable para ningúna persona . Hay que evitar la imagen de frivolidad que en ocasiones puede rodear este proceso , especialmente cuando se vincula a personajes famosos . 

4 . Singularizar. Se recomienda distinguir los casos de tráfico de menores de los procesos de adopciones regulares y evitar la morbosidad o la espectacularización de las informaciones que , en algunos casos , pueden ocasionar daño moral a las personas adoptadas ya sus familias . Se recomienda que se explique de forma rigurosa el contexto de los casos en que se da o se puede dar el tráfico de menores , que puede responder a una diversidad de circunstancias de índole socioeconómica , política , histórica o de catástrofe natural , y que evite generalizar las causas y las consecuencias de procesos irregulares 

5 . Contextualizar. Cabe contextualizar la información sobre la adopción también en el tiempo , teniendo en cuenta la evolución que se ha producido en la sociedad en este ámbito , en cuanto a legislación , seguridad jurídica y transparencia en los procesos de adopción .

6 . Emplear fuentes de información cualificadas. Pedir información y asesoramiento a fuentes expertas que velan por la protección de la infancia y de sus familias, como instituciones , asociaciones y profesionales en el ámbito de la adopción y la postadopción .

7 . Utilizar un lenguaje preciso. Con el fin de promover un uso cuidadoso del lenguaje , en el tratamiento informativo conviene extremar las precauciones para definir cada situación o hecho noticiable de la manera más precisa posible . Se recomienda evitar adjetivaciones y generalizaciones . Asimismo , conviene evitar confusiones en cuestiones como la adopción , el tráfico, el robo de menores , etc .

8 . Respetar el derecho a la intimidad. En el caso de determinados contenidos televisivos que exponen la vida privada de algunas personas , hay que considerar que , en ocasiones , las informaciones que aportan conciernen niños/as o adolescentes y que , aunque no aparezcan en imágenes explícitas o plató , son objeto de debate directa o indirectamente. Estos programas pueden conculcar el derecho a la intimidad de lo/as niño/as o adolescentes relacionados con las personas adultas que se prestan libremente a participar. Las Consideraciones y recomendaciones del CAC sobre la telebasura (2006 ) señalan que ” La exhibición impúdica de la propia intimidad no sólo perjudica la dignidad de la persona que la realiza , sino que afecta también al entorno familiar y social de la persona exhibida , y muy especialmente menores que puedan estar bajo su tutela ” .


Fuente: CORA (Coordinadora de Asociaciones de Adopciones y Acogimiento)